El gobernador de la provincia, ingeniero Arturo Alejandro Colombi dictó hoy 28 de abril el decreto Nº 622 por el cual constituye un fondo especial por la suma de tres millones de pesos que será destinado a la paliar los daños producidos por el fenómeno climático adverso acaecido durante el último fin de semana, a los pequeños productores de casi la totalidad de los departamentos de la provincia de Corrientes.
El primer mandatario mantuvo contacto este sábado con más de 200 horticultores pertenecientes a Santa Lucía, Gobernador Martínez, Lavalle, Bella Vista y Goya para interiorizarse in situ de los problemas que sufrieron tras el temporal que se desató en la zona y que afectó principalmente a los cultivos. En la ocasión, el gobernador tras evaluar la situación en compañía de miembros de su gabinete se comprometió a una pronta ayuda del gobierno provincial.
En una rápida respuesta, se decidió la creación del Fondo de tres millones de pesos en el área del Ministerio de la Producción, Trabajo y Turismo para hacer frente a la adquisición de todo lo necesario para ello, como ser insumos (semillas, combustibles, insecticidas, pagos de fletes, etc.).
De esta manera, el gobernador decidió una ayuda inmediata a los Pequeños Productores Agropecuarios de casi la totalidad de los Departamentos de la Provincia de Corrientes, sus Asociaciones y/u Organizaciones, que han sido afectadas por el fenómeno climático adverso, acaecido durante el último fin de semana, como así también para el pago de Comisiones de Servicios de los técnicos del Ministerio de Producción, Trabajo y Turismo que tendrán a su cargo la evaluación de los daños ocasionados.
La norma autoriza a la Dirección de Administración del Ministerio de la Producción, Trabajo y Turismo a emitir el correspondiente Libramiento de Entrega de Fondos contra la Tesorería General de la Provincia, por la suma de Pesos Tres Millones ($ 3.000.000,00) con cargo de oportuna y documentada Rendición de Cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la provincia de Corrientes, en las Estructuras Programáticas detalladas a continuación:
05-01-00-00-01-219 Otros no especif. Precedentemente $ 500.000,00
05-01-00-00-01-254 Insectic., Fumigantes y Otros $ 200.000,00
05-01-00-00-01-256 Combustibles y Lubricantes $ 300.000,00
05-01-00-00-01-351 Transporte $ 300.000,00
05-01-00-00-01-372 Viáticos $ 100.000,00
01-01-00-00-01-514 Ayudas Sociales a Personas $ 1.600.000,00
Asimismo se establece que todas las contrataciones y los pagos a realizar se encuentren alcanzados en las excepciones previstas en el artículo 109º, Apartado 3º), Inciso d) de la Ley Nº 5.571, Arts. Nº 86º, 87 y 95º, Anexo I, Decreto Nº 3056/04 y Decreto Nº 3055/04, Anexo I-Art. 6º-Inc. E) y Arts. 28º y 29º, respectivamente.
El decreto está refrendado por los ministros de Producción, Trabajo y Turismo, contador Alfredo Horacio Aún y de Hacienda y Finanzas, contador Sergio Federico Tressens.