Asumieron hoy en sus cargos los nuevos integrantes del Jurado de Enjuiciamiento, el órgano extra poder encargado del juicio político a los jueces e integrantes del Ministerio Público. Se trata de la primera renovación del Jury desde que se reglamentó la norma.
El acto tuvo lugar este mediodía en el Salón Hugo Alsina del Superior Tribunal de Justicia, institución que cedió el espacio a tal efecto. La renovación de autoridades estuvo presidida por el ministro doctor Guillermo Horacio Semhan, titular del Jurado de Enjuiciamiento, y fue acompañado por el presidente de la Corte Provincial, doctor Carlos Rubín.
En representación de la Cámara de Senadores juró el legislador Vicente Picó; y por la de Diputados, Nora Nazar y Jorge Oscar Quintana. Por el Colegio de Abogados de la Primera Circunscripción, el doctor Raúl Gustavo Lozano; en representación del Colegio de Abogados de la Segunda Circunscripción el doctor Darío Antonio Delpiaggio; y por el Colegio de Abogados de la Quinta Circunscripción el doctor Daniel Oscar Ojeda.
El representante de la Facultad de Derecho de la UNNE es el doctor Jorge Eduardo Buompadre y por el Colegio de Magistrados, el doctor Eduardo Panseri, quien no tomó posesión del cargo por encontrarse con licencia médica.
Los suplentes también juraron: Edid Susana González, Nidia Rosa Vivas, María Isabel Brisco, Hilda Zulema Zárate, Daniel Oscar Marambio, Patricia Raquel Mac Lean, Dardo Ramírez Braschi y Gustavo Sánchez Mariño, respectivamente.
Los cargos en el Jurado de Enjuiciamiento son honorarios, irrenunciables e incompatibles con los del Consejo de la Magistratura, y tienen una duración de dos años.
MODIFICAN COMPETENCIA
Juzgados Correccionales entenderán en casos de delitos de acción privada
El Superior Tribunal de Justicia asignó a los Juzgados Correccionales de la provincia la competencia funcional y material para entender originariamente e instancia única en todas las acciones por delitos de acción privada.
Delitos como las calumnias e injurias, violación de secretos, concurrencia desleal e incumplimiento de los deberes de asistencia familiar serán tramitados por los Juzgados que tengan competencia en lo Correccional. Así lo resolvió la Corte Provincial, que con esta decisión, aparta a las Cámaras en lo Criminal de estos juicios.
La medida tiene vigencia a partir del 1 de junio, por lo que los casos que ingresen a partir de esa fecha serán tramitados en las dependencias correccionales.
En Corrientes Capital el STJ dispuso que el primer turno de competencia para el Juzgado Correccional Nº 2 durante todo el mes de junio y para el Juzgado Correccional N° 1 el mes de julio.
En la ciudad Paso de los Libres se obrará del mismo modo: en junio entenderá el Juzgado de Instrucción y Correccional N° 2 y el mes siguiente el Juzgado de Instrucción y Correccional N° 1. En las jurisdicciones donde sólo existe un Juzgado Correccional, la dependencia estará de turno todo el año.
La decisión de la Corte Provincial se asienta en la resolución de una causa en la que se planteaba una cuestión de competencia negativa y atribuía la competencia para el juzgamiento en única instancia al Juzgado Correccional N° 2. Teniendo en cuenta la mayor celeridad en los procesos que imprimen los tribunales unipersonales, el factor de inmediación entre juez y partes, y a fines de una adecuada distribución de tareas judiciales, se receptó la declaración de inconstitucionalidad e incompetencia de la Cámara en lo Criminal N° 2.
Dirección de Prensa - Superior Tribunal de Justicia
En representación de la Cámara de Senadores juró el legislador Vicente Picó; y por la de Diputados, Nora Nazar y Jorge Oscar Quintana. Por el Colegio de Abogados de la Primera Circunscripción, el doctor Raúl Gustavo Lozano; en representación del Colegio de Abogados de la Segunda Circunscripción el doctor Darío Antonio Delpiaggio; y por el Colegio de Abogados de la Quinta Circunscripción el doctor Daniel Oscar Ojeda.
El representante de la Facultad de Derecho de la UNNE es el doctor Jorge Eduardo Buompadre y por el Colegio de Magistrados, el doctor Eduardo Panseri, quien no tomó posesión del cargo por encontrarse con licencia médica.
Los suplentes también juraron: Edid Susana González, Nidia Rosa Vivas, María Isabel Brisco, Hilda Zulema Zárate, Daniel Oscar Marambio, Patricia Raquel Mac Lean, Dardo Ramírez Braschi y Gustavo Sánchez Mariño, respectivamente.
Los cargos en el Jurado de Enjuiciamiento son honorarios, irrenunciables e incompatibles con los del Consejo de la Magistratura, y tienen una duración de dos años.
MODIFICAN COMPETENCIA
Juzgados Correccionales entenderán en casos de delitos de acción privada
El Superior Tribunal de Justicia asignó a los Juzgados Correccionales de la provincia la competencia funcional y material para entender originariamente e instancia única en todas las acciones por delitos de acción privada.
Delitos como las calumnias e injurias, violación de secretos, concurrencia desleal e incumplimiento de los deberes de asistencia familiar serán tramitados por los Juzgados que tengan competencia en lo Correccional. Así lo resolvió la Corte Provincial, que con esta decisión, aparta a las Cámaras en lo Criminal de estos juicios.
La medida tiene vigencia a partir del 1 de junio, por lo que los casos que ingresen a partir de esa fecha serán tramitados en las dependencias correccionales.
En Corrientes Capital el STJ dispuso que el primer turno de competencia para el Juzgado Correccional Nº 2 durante todo el mes de junio y para el Juzgado Correccional N° 1 el mes de julio.
En la ciudad Paso de los Libres se obrará del mismo modo: en junio entenderá el Juzgado de Instrucción y Correccional N° 2 y el mes siguiente el Juzgado de Instrucción y Correccional N° 1. En las jurisdicciones donde sólo existe un Juzgado Correccional, la dependencia estará de turno todo el año.
La decisión de la Corte Provincial se asienta en la resolución de una causa en la que se planteaba una cuestión de competencia negativa y atribuía la competencia para el juzgamiento en única instancia al Juzgado Correccional N° 2. Teniendo en cuenta la mayor celeridad en los procesos que imprimen los tribunales unipersonales, el factor de inmediación entre juez y partes, y a fines de una adecuada distribución de tareas judiciales, se receptó la declaración de inconstitucionalidad e incompetencia de la Cámara en lo Criminal N° 2.
Dirección de Prensa - Superior Tribunal de Justicia