Rige nueva ordenanza para el servicio de remises en la ciudad de Saladas

La Municipalidad de Saladas a través de su Departamento Ejecutivo, comunica que está en vigencia la nueva ordenanza para el servicio de remises en la ciudad, la misma establece una readecuación a lo que fuera establecido en la Ordenanza Nº 04/1994 y se establece la forma de habilitación de móviles, licencias, contravenciones, paradas, tarifas y respecto a esto todos los automóviles deberán contar con su correspondiente odómetro, el que será adquirido por la Municipalidad y financiado al propietario de la unidad de acuerdo a su nivel de ingresos, según indica la nueva normativa.
A continuación transcribimos en forma textual, la Ordenanza Nº 00029/14 y los Anexos regulatorios de la misma:

ORDENANZA N° 00029/14

Saladas (Ctes.), 22 de Agosto de 2014.

VISTO:

La Ordenanza Nº N° 04/1994 y sus Anexos I y II, que regula el servicio de Remises y Taxis, y ante la necesidad de reordenar y actualizar la misma.

CONSIDERANDO:

Que a raíz del análisis de la realidad del servicio de remises, surgieron propuestas a los fines de introducir modificaciones tendientes a mejorar el servicio y garantizar la continuidad de su prestación, detectando y solucionando las falencias que hoy se presentan.

Que, las modificaciones propuestas en la presente norma tienen como objetivo que este Municipio pueda mejorar esta prestación y así facilitar el funcionamiento del servicio dentro de un marco legal adecuado a 10 de septiembre de 2014 – Nº 012/ 2014. (PERIODO AGOSTO 2014)… PAGINA 7 D Boletín Oficial de la Municipalidad de Saladas. “Saladas, Cuna del Sargento Cabral” los tiempos actuales, privilegiando la seguridad de los usuarios y trabajadores.

Que para la determinación de estos valores deben existir parámetros claros que tiendan a la mayor economía posible del usuario, contemplando que la ecuación económica del propietario del remis le permita cumplir con su trabajo en forma adecuada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE SALADAS SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º) DEROGUESE en su totalidad la Ordenanza N° 04 /1994 y sus Anexos I y II, y

toda otra normativa que se oponga a la presente.

Articulo 2º) IMPLEMÉNTESE la Reglamentación del Servicio y explotación de la actividad comercial de automóviles Remises en la Localidad de Saladas según figura en el Anexo I de la presente.

Articulo 3º) DEROGUESE los Art. 211°, 212°,213°,214°,215°,216°,217° y 218 ° del Capítulo IV del Servicio de Automotores remises del Código de Faltas de la Municipalidad de Saladas.

Articulo 4º) APRUEBESE como Contravenciones a las normativas del servicio de remis a los considerandos que figuran en el Anexo II de la presente ordenanza.

Articulo 5º) INCORPORESE al Capítulo IV del Código de Faltas de la Municipalidad de Saladas las contravenciones establecidas en el Anexo II de la presente.

Articulo 6º) ESTABLÉZCASE la tarifa de transito para los remis de la Localidad de Saladas siguiendo los valores máximos según indica el Anexo III de la presente Ordenanza.

Articulo 7º) AUTORIZASE al Ejecutivo Municipal la compra e instalación de odómetros destinados a los automóviles remis actualmente habilitados por la Municipalidad de Saladas.

Articulo 8º) FACULTASE al Ejecutivo Municipal a financiar, conforme a la realidad económica de los remiseros, la compra e instalación de los odómetros.

Articulo 9º) REGLAMÉNTESE, por el Órgano de aplicación, en el plazo de treinta (30) días, quien determinará el procedimiento de implementación de la presente.

Articulo 10º) ELEVESE copia al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y efectos.

Articulo 11º) COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE AL R.M. Y ARCHIVESE.-

Roberto Daniel Alterats

Presidente HDC

José Luis Miguel

Secretario HCD

“Dado en el Salón Pbro. José Demarchi, en la 25ª Sesión Especial , del 7º Periodo de Sesiones Ordinarias del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Saladas” a los 22 días del mes de Agosto de 2014, por Proyecto presentado por Departamento Ejecutivo Municipal”.