Aparte de renovarse parcialmente las bancas del Honorable Concejo Deliberante, este domingo Saladas coronará a un nuevo Defensor de los Vecinos, el 3º desde la sanción de la Carta Orgánica Municipal. Mariel Achitte fue la primera en asumir el cargo, la segunda Laura González Niveiro quien culmina su mandato el 10 de diciembre de este año. El próximo, ¿será hombre o mujer?
Elección del Defensor de los Vecinos
Artículo 243° de la COM - El Defensor de los Vecinos será electo por el voto directo por el Cuerpo Electoral Municipal. Se adjudicará el cargo al primer candidato que figure en la lista de Concejales propuesta por el partido político o alianza de partidos políticos que no logre introducir Concejales, que siga en orden por el número de votos a los partidos o alianzas que obtuvieran Concejales, siempre que supere el cinco por ciento (5%) de los votos válidos emitidos. Si ningún partido o alianza de los que se presentaron a elecciones de Concejales obtuviera el porcentaje mínimo señalado, o si todos los partidos o alianzas hubieran obtenido Concejales, el cargo de Defensor de los Vecinos se adjudicará al candidato a Concejal que continúe en el orden inmediato siguiente en la lista del partido o alianza que hubiere obtenido menor cantidad de concejales electos en ese comicio.
Artículo 243° de la COM - El Defensor de los Vecinos será electo por el voto directo por el Cuerpo Electoral Municipal. Se adjudicará el cargo al primer candidato que figure en la lista de Concejales propuesta por el partido político o alianza de partidos políticos que no logre introducir Concejales, que siga en orden por el número de votos a los partidos o alianzas que obtuvieran Concejales, siempre que supere el cinco por ciento (5%) de los votos válidos emitidos. Si ningún partido o alianza de los que se presentaron a elecciones de Concejales obtuviera el porcentaje mínimo señalado, o si todos los partidos o alianzas hubieran obtenido Concejales, el cargo de Defensor de los Vecinos se adjudicará al candidato a Concejal que continúe en el orden inmediato siguiente en la lista del partido o alianza que hubiere obtenido menor cantidad de concejales electos en ese comicio.