El intendente de la Municipalidad de la ciudad de Saladas, Santos Omar Herrero, a través de la Resolución Nº 100/16, establece como días habilitados para recolectar ramas, tierra, escombros, etc.; los lunes, miércoles y viernes, siempre y cuando sean días hábiles.
Los mencionados días: lunes, miércoles y viernes, siempre y cuando sean jornadas hábiles, son los autorizados a los vecinos frentistas a extraer escombros, tierra, ramas y todos otros objetos provenientes de la limpieza, construcciones etc., de los domicilios. Previa notificación a la Secretaria de Servicios Públicos, de la Municipalidad de Saladas, a los efectos de programar su recolección.
Se dispone la línea telefónica, 03782-421033 y otras a habilitarse, para posibilitar a los usuarios, solicitar el servicio de recolección de escombros, tierra, ramas y todos los objetos provenientes de limpieza, construcciones, etc., de los domicilios, asimismo se podrá realizar la gestión personalmente, ante de la Dirección de Turismo y Medio Ambiente Municipal.
Dispóngase a los usuarios, proceder a cargar ramas pequeñas, hojas y todo otro objeto de dimensiones pequeñas, que dificulten la operación con el cargador frontal.
El incumplimiento de notificar de la extracción de objetos en la vía publica, serán pasible de las multas establecido en los artículos 135º, 142º y concordantes del Código de Faltas de la Municipalidad de Saladas.
Se dispone la línea telefónica, 03782-421033 y otras a habilitarse, para posibilitar a los usuarios, solicitar el servicio de recolección de escombros, tierra, ramas y todos los objetos provenientes de limpieza, construcciones, etc., de los domicilios, asimismo se podrá realizar la gestión personalmente, ante de la Dirección de Turismo y Medio Ambiente Municipal.
Dispóngase a los usuarios, proceder a cargar ramas pequeñas, hojas y todo otro objeto de dimensiones pequeñas, que dificulten la operación con el cargador frontal.
El incumplimiento de notificar de la extracción de objetos en la vía publica, serán pasible de las multas establecido en los artículos 135º, 142º y concordantes del Código de Faltas de la Municipalidad de Saladas.