Será durante la primera quincena de octubre confiaron fuentes de la UDAI Corrientes a este portal de noticias. La intención es clarificar y explicar específicamente sobre la Ley de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados, que se basa en la Actualización de haberes para Jubilados y Pensionados, abono de los Juicios Previsionales y la creación de la Pensión Universal para Adultos Mayores.
Fuentes confiables confirmaron a SaladasInforma que Técnicos y Especialistas de Anses bajarían a Saladas durante la primera quincena del mes próximo para explicar sobre la ley de reparación histórica a jubilados. En la oportunidad no se realizarán trámites que comúnmente se hacen.
Aunque todavía se evalúa la fecha y lugar exacto para la llegada y charla de los profesionales en la materia, se supo que se buscará evacuar dudas al respecto y poner en conociemiento de los jubilados y pensionados de esta ley. Ya que existirían beneficiarios que estarían percibiendo alguna diferencia en sus haberes.
Ley de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados
¿En qué consiste la ley?
La ley crea un programa voluntario que reconoce el derecho de los jubilados y pensionados que se encuentran en proceso judicial contra la ANSES, para actualizar sus haberes en función de fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de las Cámaras de la Seguridad Social y de las Cámaras Federales.
Para quienes no iniciaron juicio, pero tienen el mismo derecho, se les propondrá un ajuste de la jubilación siguiendo los mismos parámetros.
Los acuerdos que se realicen deben homologarse en sede judicial. Es decir, que el titular, su abogado y la ANSES acuerdan ante un Juez el ingreso a este programa y consecuentemente el fin del juicio o la no iniciación del mismo.
¿Se le va a pagar sólo a los que tienen juicio?
No. La medida alcanza a:
• Quienes hicieron juicio y tienen sentencia firme con anterioridad al 30/05/2016: cobran el 50% una vez homologado el acuerdo y el otro 50% en cuotas, que se ajustarán de acuerdo a la Ley de Movilidad.
• Quienes hicieron juicio pero no tienen sentencia firme con anterioridad al 30/05/2016: se les actualizará el haber a partir de la homologación del acuerdo y se les reconocerá hasta un tope de 4 años de retroactividad.
• Quienes no hayan iniciado juicio con anterioridad al 30/05/2016: se les reajustará el haber mensual desde la fecha de ingreso al programa.
¿Qué pasa con aquellos jubilados que no acepten el ingreso al Programa?
Como se trata de una propuesta de aceptación voluntaria, sólo ingresan quienes decidan hacerlo. Quienes no, seguirán cobrando lo que hoy cobran.
Si están en juicio, una vez concluido el mismo ANSES acatará la sentencia.
Aunque todavía se evalúa la fecha y lugar exacto para la llegada y charla de los profesionales en la materia, se supo que se buscará evacuar dudas al respecto y poner en conociemiento de los jubilados y pensionados de esta ley. Ya que existirían beneficiarios que estarían percibiendo alguna diferencia en sus haberes.
Ley de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados
¿En qué consiste la ley?
La ley crea un programa voluntario que reconoce el derecho de los jubilados y pensionados que se encuentran en proceso judicial contra la ANSES, para actualizar sus haberes en función de fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de las Cámaras de la Seguridad Social y de las Cámaras Federales.
Para quienes no iniciaron juicio, pero tienen el mismo derecho, se les propondrá un ajuste de la jubilación siguiendo los mismos parámetros.
Los acuerdos que se realicen deben homologarse en sede judicial. Es decir, que el titular, su abogado y la ANSES acuerdan ante un Juez el ingreso a este programa y consecuentemente el fin del juicio o la no iniciación del mismo.
¿Se le va a pagar sólo a los que tienen juicio?
No. La medida alcanza a:
• Quienes hicieron juicio y tienen sentencia firme con anterioridad al 30/05/2016: cobran el 50% una vez homologado el acuerdo y el otro 50% en cuotas, que se ajustarán de acuerdo a la Ley de Movilidad.
• Quienes hicieron juicio pero no tienen sentencia firme con anterioridad al 30/05/2016: se les actualizará el haber a partir de la homologación del acuerdo y se les reconocerá hasta un tope de 4 años de retroactividad.
• Quienes no hayan iniciado juicio con anterioridad al 30/05/2016: se les reajustará el haber mensual desde la fecha de ingreso al programa.
¿Qué pasa con aquellos jubilados que no acepten el ingreso al Programa?
Como se trata de una propuesta de aceptación voluntaria, sólo ingresan quienes decidan hacerlo. Quienes no, seguirán cobrando lo que hoy cobran.
Si están en juicio, una vez concluido el mismo ANSES acatará la sentencia.