Desde la UDAI Corrientes informaron a este portal que la visita programada para el 12 de octubre se pospondrá para fines de este mes. Anses tenía previsto brindar una charla informativa con profesionales sobre Reparación Histórica a Jubilados. La última semana de octubre dicha reunión informativa se realizará conjuntamente con los operativos de trámites que mes a mes realiza la institución en el interior de la provincia.
Ley de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados
¿En qué consiste la ley?
La ley crea un programa voluntario que reconoce el derecho de los jubilados y pensionados que se encuentran en proceso judicial contra la ANSES, para actualizar sus haberes en función de fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de las Cámaras de la Seguridad Social y de las Cámaras Federales.
Para quienes no iniciaron juicio, pero tienen el mismo derecho, se les propondrá un ajuste de la jubilación siguiendo los mismos parámetros.
Los acuerdos que se realicen deben homologarse en sede judicial. Es decir, que el titular, su abogado y la ANSES acuerdan ante un Juez el ingreso a este programa y consecuentemente el fin del juicio o la no iniciación del mismo.
¿Se le va a pagar sólo a los que tienen juicio?
No. La medida alcanza a:
• Quienes hicieron juicio y tienen sentencia firme con anterioridad al 30/05/2016: cobran el 50% una vez homologado el acuerdo y el otro 50% en cuotas, que se ajustarán de acuerdo a la Ley de Movilidad.
• Quienes hicieron juicio pero no tienen sentencia firme con anterioridad al 30/05/2016: se les actualizará el haber a partir de la homologación del acuerdo y se les reconocerá hasta un tope de 4 años de retroactividad.
• Quienes no hayan iniciado juicio con anterioridad al 30/05/2016: se les reajustará el haber mensual desde la fecha de ingreso al programa.
¿Qué pasa con aquellos jubilados que no acepten el ingreso al Programa?
Como se trata de una propuesta de aceptación voluntaria, sólo ingresan quienes decidan hacerlo. Quienes no, seguirán cobrando lo que hoy cobran.
Si están en juicio, una vez concluido el mismo ANSES acatará la sentencia.
¿En qué consiste la ley?
La ley crea un programa voluntario que reconoce el derecho de los jubilados y pensionados que se encuentran en proceso judicial contra la ANSES, para actualizar sus haberes en función de fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de las Cámaras de la Seguridad Social y de las Cámaras Federales.
Para quienes no iniciaron juicio, pero tienen el mismo derecho, se les propondrá un ajuste de la jubilación siguiendo los mismos parámetros.
Los acuerdos que se realicen deben homologarse en sede judicial. Es decir, que el titular, su abogado y la ANSES acuerdan ante un Juez el ingreso a este programa y consecuentemente el fin del juicio o la no iniciación del mismo.
¿Se le va a pagar sólo a los que tienen juicio?
No. La medida alcanza a:
• Quienes hicieron juicio y tienen sentencia firme con anterioridad al 30/05/2016: cobran el 50% una vez homologado el acuerdo y el otro 50% en cuotas, que se ajustarán de acuerdo a la Ley de Movilidad.
• Quienes hicieron juicio pero no tienen sentencia firme con anterioridad al 30/05/2016: se les actualizará el haber a partir de la homologación del acuerdo y se les reconocerá hasta un tope de 4 años de retroactividad.
• Quienes no hayan iniciado juicio con anterioridad al 30/05/2016: se les reajustará el haber mensual desde la fecha de ingreso al programa.
¿Qué pasa con aquellos jubilados que no acepten el ingreso al Programa?
Como se trata de una propuesta de aceptación voluntaria, sólo ingresan quienes decidan hacerlo. Quienes no, seguirán cobrando lo que hoy cobran.
Si están en juicio, una vez concluido el mismo ANSES acatará la sentencia.