La zona vedada comprende 20 kilómetros aguas arriba y abajo del puente de Paso Naranjito, situado a la altura del kilómetro 25 de la Ruta Nacional Nº 118. De no respetar las disposiciones se incautara de manera preventiva los elementos utilizados para tal fin siendo pasibles de las sanciones pertinentes dictadas por esta dirección.
Personal de la Unidad Especial de Seguridad Rural y Ecológica, con sede en la ciudad de Saladas, se halla realizando trabajos de prevención en forma conjunta, colaborando con personal de la dirección de Recursos Naturales de la provincia de Corrientes; llevando a conocimiento de la población, se encuentra en plena vigencia las disposiciones Nº 282, 341, 077, 076, libradas por la dirección de recursos naturales de la provincia de Corrientes; que conforme a las facultades conferidas por la ley Nº 1.863/54 , decretos Nº 2.249/55 y Nº 5.102/90 ; se consideró necesario aumentar las áreas protegidas ,para ampliar las posibilidades de que la fauna encuentre lugares aptos donde pueda evolucionar sin interferencia y distribuirse a otros ambientes.
Tomando como referencia el puente Santa Lucia, ubicado a la altura del kilómetro 25 de la ruta nacional Nº118, límite territorial entre los departamentos de Saladas, Concepción y San Roque, tanto en los márgenes como en el canal de citado rio, veinte kilómetros agua arriba y abajo.
Que teniendo en cuenta la proximidad al Parque Nacional Mburucuyá, dicha zona sirve de buffer o amortiguadora de dicha área, sirviendo como corredor faunístico, donde es considerado junto con otros ríos interiores como ambiente de reproducción y cría de especies icticas de sumo interés, como el Surubí, Dorado, Sábalo, Boga, entre otras, por tal motivo se implementó, la veda permanente a la caza, pesca y/o captura de todo tipo de especies de la fauna silvestre prohibiéndose en estas zonas la actividad de dichas artes.
Las infracciones a las presentes disposiciones corresponderán incautar de manera preventiva los elementos utilizados para tal fin siendo pasibles de las sanciones pertinentes dictadas por esta dirección.
Tomando como referencia el puente Santa Lucia, ubicado a la altura del kilómetro 25 de la ruta nacional Nº118, límite territorial entre los departamentos de Saladas, Concepción y San Roque, tanto en los márgenes como en el canal de citado rio, veinte kilómetros agua arriba y abajo.
Que teniendo en cuenta la proximidad al Parque Nacional Mburucuyá, dicha zona sirve de buffer o amortiguadora de dicha área, sirviendo como corredor faunístico, donde es considerado junto con otros ríos interiores como ambiente de reproducción y cría de especies icticas de sumo interés, como el Surubí, Dorado, Sábalo, Boga, entre otras, por tal motivo se implementó, la veda permanente a la caza, pesca y/o captura de todo tipo de especies de la fauna silvestre prohibiéndose en estas zonas la actividad de dichas artes.
Las infracciones a las presentes disposiciones corresponderán incautar de manera preventiva los elementos utilizados para tal fin siendo pasibles de las sanciones pertinentes dictadas por esta dirección.