El proyecto ingreso por la cámara alta y busca poner restricciones a la venta de una de las sustancias más utilizadas para drogarse. La ley intentara llenar un vació legislativo. Además se fijan multas de 200 pesos a 10.000 mil para quienes violen la norma.
El flagelo de la drogadicción, que otrora era visto casi con desinterés por nuestra sociedad, es hoy un tema que preocupa a padres de púberes y adolescentes, cada vez más.
La ley que se propone llenar un vacío legislativo, reconocido a diario por las autoridades policiales de la provincia. Ya que pretende constituirse en una herramienta más, entre otras tantas que son necesarias, en la prevención de la drogadicción. Esta lucha debe ser desarrollada en todos los ámbitos, pero principal y prioritariamente en el de la prevención y protección de los menores de Corrientes.
En su articulo primero establece: la prohibición, en todo el territorio provincial, de la venta al por mayor, expendio, o suministro a menores de dieciocho años de edad, y en forma ambulante de pagamentos, colas, cementos de contacto o adhesivos similares que en su composición contengan sustancias derivadas de hidrocarburos, como tolueno, ciclohexano, isobutano, benceno o acetona, o algún derivado de estos o sustancias químicas que provoquen efectos de adicción, alucinógenos y/o alteraciones en el sistema nervioso central.
Tampoco se podrá exhibir, depositar ni vender en locales de abastecimiento diario (kioskos, maxikioskos, almacenes, minimercados, polirubros, drug store o similares) , ni en comercios de cualquier rubro con el sistema de autoservicio, salvo en los casos que obtengan autorización de la autoridad de comprobación para la venta en forma registrada.
Es conocido el uso, para inhalar, que se hace de los pegamentos que en su composición contienen tolueno o sus derivados, y se afirma también, que es esta sustancia y otra denominada “paco” la que por sus costos y accesibilidad, constituyen el inicio del penoso camino de la drogadicción.
Las sociedades más avanzadas y más ocupadas en esta problemática, cuentan con una legislación de las características que se propone en el presente proyecto, como un instrumento más en el control, la lucha y la prevención de la drogodependencia.
Serán Autoridad de Aplicación, la Policía de la Provincia de Corrientes y las Municipalidades de la provincia, quienes designarán a las personas que habrán de actuar como agentes públicos de inspección, quienes estarán habilitados a requerir, cuando resultare necesario, el auxilio de la fuerza pública.
El articulo seis del proyecto se refiere a las multas: “Se sancionará con multas de doscientos pesos ($200) hasta diez mil ($ 10.000) inclusive y clausura de quince (15) a sesenta (60) días a los establecimientos comerciales, con más el decomiso de la mercadería, siendo responsables los propietarios, gerentes, administradores, encargados, jefes de venta y/o empleados que violaren la presente ley”.
Fuente: www.sobretablas.com