(Telam) - El ex gerenciador del boliche recibió la pena más alta de parte del tribunal. El manager de Callejeros, Diego Argañaraz, fue condenado a 18, lo mismo que Rubén Díaz. La ex funcionaria Fabiana Fizsbin, a 2; y Raúl Villarreal, a 1. Tras la lectura del fallo, un grupo de de jóvenes protagonizaban esta tarde una serie de incidentes en la puerta de los tribunales. Luego de un cuarto intermedio, el tribunal lee los fundamentos de la sentencia.
Sobre la puerta de la calle Uruguay, estos manifestantes, muchos de ellos los fanáticos de Callejeros, se enfrentaban mediante el uso de los palos de sus banderas con los efectivos de Infantería, por lo que se tuvo que dispersas a los revoltosos con los camiones hidrantes.
Antes, dentro de la sala, la policía tuvo que separar a varios de los miembros del público que quisieron golpear a los músicos.
El ex gerenciador de Cromañón, Omar Chabán, fue condenado esta tarde a la pena de 20 años de cárcel por el incendio que le provocó la muerte a 193 personas el 30 de diciembre del 2004, pero todos los músicos del grupo Callejeros fueron absueltos por el "beneficio de la duda".
Según el fallo unánime que dictó el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 24, Chabán fue considerado coautor del delito de incendio doloso calificado por causar la muerte a 193 personas y heridas a otras 1432 personas, en concurso real con cohecho activo.
Sin embargo, los jueces absolvieron de culpa y cargo por todos los delitos a los integrantes de Callejeros.
Ellos son el cantante y líder del grupo Patricios Santos Fontanet, el bajista Christian Torrejón, el baterista Eduardo Arturo Vázquez, el guitarrista Elio Rodrigo Delgado, el saxofonista Juan Alberto Carbone, el ex guitarrista Maximiliano Djerfy y al escenógrafo Daniel Cardell.
Los jueces condenaron también en el mismo fallo al manager de Callejeros, Diego Argañaraz, como partícipe necesario del delito de incendio doloso calificado por causar la muerte a 193 personas y heridas a otras 1432 personas, en concurso real con cohecho activo, y le aplicaron la pena de 18 años de cárcel.
En tanto, el subcomisario Carlos Díaz fue condenado por el delito de cohecho pasivo en concurso real con el incendio doloso, en el grado de partícipe necesario, a la pena de 18 años de cárcel.
La ex funcionaria del gobierno porteño Fabiana Fiszbin fue condenada a la pena de 2 años de prisión por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, al igual que la otra ex funcionaria porteña Ana María Fernández.
El ex mano derecha de Chabán, Raúl Villarreal, fue condenado por el TOC 24 a la pena de 1 año de prisión en suspenso por ser partícipe secundario del delito de cohecho activo.
El comisario Miguel Belay fue absuelto por el beneficio de la duda como ya lo había considerado el fiscal Jorge López Lecube.
Respecto al ex funcionario porteño Gustavo Torres, ex director adjunto de Fiscalización y Control, el tribunal también lo absolvió por el beneficio de la duda.
Por otra parte, los jueces condenaron a los 15 imputados en el juicio, al Gobierno Nacional y al Gobierno de la ciudad de Buenos Aires a pagar en el lapso de diez días la suma de 121.600 pesos al actor civil, padre de una de las víctimas, Alberto Urcullu.
El abogado Urcullu fue el único familiar de víctimas que logró que se tratara la demanda civil durante el transcurso del debate. Finalmente, los magistrados ordenaron que los condenados permanezcan en libertad hasta que el fallo quede firme.
Antes, dentro de la sala, la policía tuvo que separar a varios de los miembros del público que quisieron golpear a los músicos.
El ex gerenciador de Cromañón, Omar Chabán, fue condenado esta tarde a la pena de 20 años de cárcel por el incendio que le provocó la muerte a 193 personas el 30 de diciembre del 2004, pero todos los músicos del grupo Callejeros fueron absueltos por el "beneficio de la duda".
Según el fallo unánime que dictó el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 24, Chabán fue considerado coautor del delito de incendio doloso calificado por causar la muerte a 193 personas y heridas a otras 1432 personas, en concurso real con cohecho activo.
Sin embargo, los jueces absolvieron de culpa y cargo por todos los delitos a los integrantes de Callejeros.
Ellos son el cantante y líder del grupo Patricios Santos Fontanet, el bajista Christian Torrejón, el baterista Eduardo Arturo Vázquez, el guitarrista Elio Rodrigo Delgado, el saxofonista Juan Alberto Carbone, el ex guitarrista Maximiliano Djerfy y al escenógrafo Daniel Cardell.
Los jueces condenaron también en el mismo fallo al manager de Callejeros, Diego Argañaraz, como partícipe necesario del delito de incendio doloso calificado por causar la muerte a 193 personas y heridas a otras 1432 personas, en concurso real con cohecho activo, y le aplicaron la pena de 18 años de cárcel.
En tanto, el subcomisario Carlos Díaz fue condenado por el delito de cohecho pasivo en concurso real con el incendio doloso, en el grado de partícipe necesario, a la pena de 18 años de cárcel.
La ex funcionaria del gobierno porteño Fabiana Fiszbin fue condenada a la pena de 2 años de prisión por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, al igual que la otra ex funcionaria porteña Ana María Fernández.
El ex mano derecha de Chabán, Raúl Villarreal, fue condenado por el TOC 24 a la pena de 1 año de prisión en suspenso por ser partícipe secundario del delito de cohecho activo.
El comisario Miguel Belay fue absuelto por el beneficio de la duda como ya lo había considerado el fiscal Jorge López Lecube.
Respecto al ex funcionario porteño Gustavo Torres, ex director adjunto de Fiscalización y Control, el tribunal también lo absolvió por el beneficio de la duda.
Por otra parte, los jueces condenaron a los 15 imputados en el juicio, al Gobierno Nacional y al Gobierno de la ciudad de Buenos Aires a pagar en el lapso de diez días la suma de 121.600 pesos al actor civil, padre de una de las víctimas, Alberto Urcullu.
El abogado Urcullu fue el único familiar de víctimas que logró que se tratara la demanda civil durante el transcurso del debate. Finalmente, los magistrados ordenaron que los condenados permanezcan en libertad hasta que el fallo quede firme.