El Jury de Enjuiciamiento resolvió por unanimidad la destitución del doctor Ramón Francisco Ramírez, quien ocupaba el cargo de Juez en lo Correccional y de Instrucción de Saladas. Más temprano se había dado lectura a los alegatos, dando inicio el Fiscal César Sotelo quien reiteró que correspondía la destitución del magistrado por haber incurrido en mal desempeño. Antes de que el Jury pasara a deliberar se le otorgó la palabra al acusado, quien reiteró su inocencia y apeló a la sabiduría del Tribunal.
Tras casi tres horas de debate, el Jurado de Enjuiciamiento destituyó por unanimidad al doctor Ramón Francisco Ramírez y dispuso para el 26 de marzo a las 11 de la mañana la lectura de los fundamentos del Tribunal.
Se ordenó también la extracción de fotocopias de las testimoniales de los efectivos policiales y del testigo Lugo, las cuales serán remitidas al Ministerio de Gobierno y a la Fiscalía de Saladas.
Más temprano se había dado lectura a los alegatos, dando inicio el Fiscal César Sotelo quien reiteró que correspondía la destitución del magistrado por haber incurrido en mal desempeño. Consideró que el primer hecho fue probado por los testigos, sobre todo las niñas y su tío –quien fuera el denunciante- respecto de los hechos en el local bailable y en la entrada del Juzgado.
Sotelo valoró sus testimonios por lo “claros” y “contundentes”. Expresó que la vida privada de un magistrado debía ser decorosa, mencionando en ese sentido, lo establecido por la Constitución y por el Código de Etica que rige la conducta de los jueces. Indicó que se probó además su estado de ebriedad y su comportamiento provocó conmoción en una localidad pequeña como Saladas.
Desacreditó la teoría del complot y recordó que el mismo magistrado se desempeñó como sustituto en el Ministerio Público y nunca tuvo problemas.
Calificó su accionar como el de un “sheriff”, lamentando la pobreza de los testimonios los policías varones, ponderando el de la mujer. La oficial había declarado cuando el juez le pidió un auto en evidente estado de ebriedad y con términos impropios. Por último desacreditó el testimonio del Lugo por entender que fue “apretado e inducido para hacerlo”. Pidió su destitución pero no la inhabilitación.
La defensa del acusado, el doctor Lucio Portel, pidió a su vez la absolución y acusó a Sotelo de querer “ser tutor de los jueces”. Afirmó que era muy difícil conceptualizar el mal desempeño y que debe quedar circunscripto al ámbito de la función y no a cuestiones ajenas a ella. Insistió con la teoría de la conspiración y acusó a los fiscales Ojeda y Zaracho. Manifestó que el denunciante fue quien agredió al juez y a efectivos que lo acompañaban y que no se formó causa por la protección de que disponía Romero.
Calificó los testimonios por “vagos, imprecisos y hasta contradictorios”. Respecto del segundo hecho descalificó el testimonio de la mujer policía: “no entendió lo que el juez le solicitaba”. Para terminar, reflexionó sobre el fallo, que dijo debía tener fundamentos jurídicos atento a las características de Jurado de Enjuiciamiento: “No debe ser un fallo sólo político” señaló.
Antes de que el Jury pasara a deliberar se le otorgó la palabra al acusado, quien reiteró su inocencia y apeló a la sabiduría del Tribunal.
Se ordenó también la extracción de fotocopias de las testimoniales de los efectivos policiales y del testigo Lugo, las cuales serán remitidas al Ministerio de Gobierno y a la Fiscalía de Saladas.
Más temprano se había dado lectura a los alegatos, dando inicio el Fiscal César Sotelo quien reiteró que correspondía la destitución del magistrado por haber incurrido en mal desempeño. Consideró que el primer hecho fue probado por los testigos, sobre todo las niñas y su tío –quien fuera el denunciante- respecto de los hechos en el local bailable y en la entrada del Juzgado.
Sotelo valoró sus testimonios por lo “claros” y “contundentes”. Expresó que la vida privada de un magistrado debía ser decorosa, mencionando en ese sentido, lo establecido por la Constitución y por el Código de Etica que rige la conducta de los jueces. Indicó que se probó además su estado de ebriedad y su comportamiento provocó conmoción en una localidad pequeña como Saladas.
Desacreditó la teoría del complot y recordó que el mismo magistrado se desempeñó como sustituto en el Ministerio Público y nunca tuvo problemas.
Calificó su accionar como el de un “sheriff”, lamentando la pobreza de los testimonios los policías varones, ponderando el de la mujer. La oficial había declarado cuando el juez le pidió un auto en evidente estado de ebriedad y con términos impropios. Por último desacreditó el testimonio del Lugo por entender que fue “apretado e inducido para hacerlo”. Pidió su destitución pero no la inhabilitación.
La defensa del acusado, el doctor Lucio Portel, pidió a su vez la absolución y acusó a Sotelo de querer “ser tutor de los jueces”. Afirmó que era muy difícil conceptualizar el mal desempeño y que debe quedar circunscripto al ámbito de la función y no a cuestiones ajenas a ella. Insistió con la teoría de la conspiración y acusó a los fiscales Ojeda y Zaracho. Manifestó que el denunciante fue quien agredió al juez y a efectivos que lo acompañaban y que no se formó causa por la protección de que disponía Romero.
Calificó los testimonios por “vagos, imprecisos y hasta contradictorios”. Respecto del segundo hecho descalificó el testimonio de la mujer policía: “no entendió lo que el juez le solicitaba”. Para terminar, reflexionó sobre el fallo, que dijo debía tener fundamentos jurídicos atento a las características de Jurado de Enjuiciamiento: “No debe ser un fallo sólo político” señaló.
Antes de que el Jury pasara a deliberar se le otorgó la palabra al acusado, quien reiteró su inocencia y apeló a la sabiduría del Tribunal.